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El Consejo Regulador aprueba por unanimidad recomendar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación restringir y limitar las autorizaciones de plantaciones en el ámbito territorial de la DO CAVA

Jue, 20 Oct 2022 |
D.O. Cava

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2022

ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO REGULADOR SOBRE LA PRESENTACIÓN DE RECOMENDACIONES AL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN SOBRE LA LIMITACIÓN Y RESTRICCIÓN DE LAS AUTORIZACIONES DE PLANTACIONES EN EL ÁMBITO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA CAVA PARA EL PERÍODO 2023-2024-2025

Mediante la presente Circular se informa que el Pleno del Consejo Regulador de la DOP CAVA de 19 de octubre de 2022, ha tomado por unanimidad de los presentes el siguiente ACUERDO:

  1. Realizar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES con el fin de evitar una oferta excesiva de productos vinícolas en relación con las perspectivas de mercado para los productos amparados por la DO CAVA así como evitar un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de la DO CAVA, en relación con la totalidad de la zona geográfica de producción de uva delimitada en el pliego de condiciones, para superficies cuya producción se destine a dicha DO:

▪ Limitar las autorizaciones de nuevas plantaciones para el periodo 2023-2024-2025 a un máximo de 0,1 hectáreas (para cada ejercicio).

▪ Restringir totalmente las autorizaciones para replantaciones de viñedo procedentes de arranques realizados fuera de la Denominación de Origen Protegida “CAVA” y de viñedos no registrados en la Denominación de Origen Protegida “CAVA”, para el periodo 2023-2024-2025.

▪ Restringir totalmente las autorizaciones de plantación de viñedos procedentes de la conversión de un derecho de plantación, de arranques realizados antes del 31 de diciembre de 2015, para el periodo 2023-2024-2025, de viñedos no inscritos en la Denominación de Origen Protegida “CAVA”.

  1. Solicitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a la vista del riesgo claramente demostrado de oferta excesiva de productos vinícolas en relación con las perspectivas de mercado para los productos amparados por la DO CAVA, y habiendo evidenciado un riesgo bien demostrado de devaluación significativa de la misma, la aceptación de dichas recomendaciones, en virtud de lo dispuesto en los artículos 6, 7, 17 y 22 del RD 1.338/2018. de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.”

De acuerdo con los artículos 7 y 18 del RD 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola, una parte representativa relevante en el ámbito de la Denominación de Origen Protegida CAVA puede formular una opinión discordante con dicho acuerdo manifestando por escrito las razones de tal discordancia, que deberá acompañarse junto con este acuerdo para su valoración por parte de la autoridad que deba tomar la decisión, en este caso, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

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